Si un cliente le ha impagado, y
el importe total de la deuda no supera los 30.000 euros IVA incluido, vamos a
explicarle cómo podemos ayudarle.
Nuestro sistema de trabajo sigue unas pautas simples, trámites sencillos y procedimientos rápidos, que resumimos a continuación.
Cuando se produzca el impago, rellene correctamente la Solicitud de Cesión de Crédito Comercial Impagado, que encontrará en la página Notificaciones del menú principal.
Previamente a dar nuestra aprobación a una cesión del crédito, realizamos el
análisis de la operación y estudio de solvencia de la empresa deudora, ambos sin
coste para usted.
Si el resultado del estudio de solvencia es positivo, nos ponemos en contacto y le
presentamos nuestra oferta de compra del crédito impagado, en la que plasmamos una de las Opciones de Compra que puede ver en la página del mismo nombre del menú principal.
Una vez expresada su aceptación a nuestra oferta, le enviamos el Contrato de Cesión de Crédito.
Cuando el contrato esté suscrito por ambas partes, el crédito pasará a ser de nuestra propiedad y usted cobrará la cantidad acordada en los plazos estipulados.
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